El 19/06 pasado la SUNAT publicó el proyecto de resolución de superintendencia que dispone incorporar al Sistema Integrado del Expediente Virtual los Expedientes Electrónicos de Acciones Inductivas iniciadas mediante Esquelas.
De acuerdo a los considerandos de este proyecto, el Código Tributario establece que, para efecto de las actuaciones o procedimientos tributarios que se realicen a través de sistemas electrónicos, telemáticos o informáticos, la SUNAT debe almacenar, archivar y conservar los documentos que formen parte del expediente electrónico, garantizando el acceso de los interesados al aludido expediente.
Por otro lado, mediante la Resolución de Superintendencia (RS) Nro. 084-2016/SUNAT se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV) que, actualmente, permite el llevado de los expedientes electrónicos de los procedimientos de cobranza coactiva de la deuda tributaria correspondiente a tributos internos, de los procedimientos de fiscalización y de determinados cruces de información, además de la presentación de diversas solicitudes, informes, comunicaciones y escritos.
De esta manera, se plantea modificar la RS Nro. 084-2016/SUNAT a fin de ampliar el uso del SIEV para el llevado de los expedientes electrónicos de acciones inductivas que se inician con la notificación de una esquela, así como para la presentación de las solicitudes y de la sustentación de inconsistencias u omisiones relacionadas con aquellas acciones inductivas.
Finalmente, se señala que, dado que la SUNAT se encuentra facultada a citar al sujeto para que, en una hora y fecha determinada y ante un funcionario de la SUNAT, comparezca para proporcionar información, exhiba y/o presente determinada documentación y/o información, resulta conveniente modificar la RS Nro. 014-2008/SUNAT a efecto de señalar que mediante la esquela de citación también se puede requerir a los sujetos que exhiban y/o presenten determinada documentación y/o información de acuerdo con lo previsto en el artículo 62 del Código Tributario.
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