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Aprueban el “Procedimiento que regula el conflicto de intereses”

Mediante Resolución de Superintendencia (RS) Nro. 149-2019/SUNAT se aprueba el “Procedimiento que regula el conflicto de intereses”. La mencionada norma señala en sus considerandos que la RS Nro. 257-2013/SUNAT se aprobó el procedimiento que establece el mecanismo de comunicación en caso de conflicto de intereses; así, posteriormente, mediante la RS Nro. 052-2019/SUNAT se aprobó el Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019- 2020, el cual establece las acciones prioritarias que sobre la materia se deben emprender para prevenir y combatir la corrupción e impulsar la integridad pública, en el marco de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción, aprobada por el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM.


La mencionada norma señala que en el Plan Institucional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción 2019-2020 se establece entre las actividades institucionales para el cierre de brechas la actualización y aprobación mediante resolución de la política de conflicto de intereses, que incluya los potenciales conflictos de intereses, reglas de abstención y otros; así, la Oficina de Fortalecimiento Ético y Lucha Contra la Corrupción ha elaborado un procedimiento que regula el conflicto de intereses, por lo que en cumplimiento de lo establecido en el referido plan institucional, resulta conveniente dejar sin efecto la RS Nro. 257-2013/SUNAT y aprobar el procedimiento que regula el conflicto de intereses en la SUNAT.


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