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Riesgo tributario en transacciones extrajudiciales que extinguen controversias laborales en grupos empresariales (RTF 8068-11-2025 transacción extrajudicial)
La RTF N.° 08068-11-2025 deja una lección para los grupos empresariales: una transacción extrajudicial puede sustentar un gasto deducible, pero el pago debe corresponder al contribuyente que obtiene el beneficio real de evitar el conflicto. Si el acuerdo también beneficia a una empresa vinculada, SUNAT puede calificar parte del desembolso como gasto de tercero. La clave está en sustentar causalidad, razonabilidad y correcta asignación del gasto.

Omar Ledesma
8 may4 Min. de lectura


Impacto tributario de un laudo arbitral que determina un menor ingreso reconocido en un ejercicio previo
En el ámbito de la prestación de servicios, es común enfrentar disputas sobre los términos económicos acordados. Estos desacuerdos a...

Omar Ledesma
3 mar 20243 Min. de lectura
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